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Algunas modificaciones en los vehículos deben estar legalizadas en la ITV

Tras la reforma hay un plazo de 15 días para pasar la ITV con el fin de realizar su legalización y en caso de ser favorable podrás circular con el vehículo.

Desde AEMA-ITV recuerdan que conducir un vehículo con piezas sin homologar es sancionable, puedes no pasar la ITV y, en caso de siniestro, puedes perder la cobertura del seguro.

Tintar los cristales, colocar un enganche de remolque o incorporar luces diurnas a un vehículo que no las traía de serie son algunas de las modificaciones más habituales en coches que es necesario que sean debidamente legalizadas y realizar una inspección técnica específica con ocasión de la ejecución de esas reformas en el vehículo, tal y como señalan desde AEMA-ITV, Asociación de Entidades para la Inspección Técnica de Vehículos de la Comunidad de Madrid. Muchas personas deciden personalizar su coche, ya sea por motivos prácticos, estéticos o para mejorar alguna característica, pero, sin embargo, algunas modificaciones, que se denominan técnicamente “reformas de importancia” tienen que pasar un proceso de legalización, al cambiar los requisitos de homologación del fabricante, y someterse a la preceptiva ITV. Lo contrario, es decir, circular con algún elemento sin legalizar o no autorizado puede suponer una multa de hasta 500€, no superar la ITV e, incluso, en caso de siniestro, si no has declarado ese elemento que has incluido en el coche, el seguro puede optar por no cubrirte los daños al no estar informado de los cambios en el coche.

Es importante tener en cuenta que no se trata de simplemente un trámite administrativo, sino que consiste en comprobar que esa reforma, tanto lo que se quería hacer en el vehículo como de qué manera se ha hecho, no ha disminuido las condiciones de seguridad del vehículo.

Las reformas de importancia en los vehículos se regulan en el Real Decreto 866/2010, de 2 de julio y en el Manual de Reformas de Vehículos elaborado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, donde se concretan los diferentes tipos de reformas, su codificación, la documentación precisa para su tramitación, etc.

Básicamente, la incorporación de elementos que supongan una alteración de las dimensiones exteriores, que puedan ocasionar un riesgo para los ocupantes del vehículo o los demás conductores o viandantes, o incluso que modifiquen de manera sustancial las condiciones de seguridad de los vehículos requiere de la legalización y las autorizaciones adecuadas.

Entre las modificaciones o reformas de importancia están aquéllas que impliquen cualquier modificación que afecte a la identificación del vehículo; al motor; transmisión, ejes, suspensión, dirección o frenos; la carrocería; dispositivos de alumbrado y señalización; uniones entre los vehículos tractores y los remolques o semirremolques, etc.

Procedimiento a seguir

El plazo para acudir a una estación ITV tras la reforma es de 15 días; y se deberá presentar el proyecto técnico detallado de la reforma, el informe de conformidad emitido por un servicio técnico de reformas o por el propio fabricante del vehículo y el certificado del taller que ha llevado a cabo la modificación. En esta línea, desde AEMA-ITV recuerdan que es importante ser sumamente rigurosos durante el proceso para no tener percances en el momento de presentar la documentación y poder superar favorablemente la inspección técnica. Todas las reformas realizadas quedarán anotadas en la tarjeta ITV del vehículo.

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